Ayudas a iniciativas de refuerzo de la competitividad en Cataluña

La Agencia para la Competitividad de la Empresa aprueban las bases reguladoras de ayudas a iniciativas de refuerzo de la competitividad y se abre la convocatoria para el año 2014. Las ayudas tendrán la consideración de subvenciones a fondo perdido.

Ayudas a iniciativas de refuerzo de la competitividad en Cataluña


Se consideran subvencionables los proyectos presentados por entidades de apoyo a la empresa que consistan en iniciativas de refuerzo de la competitividad empresarial.

Se entienden por proyectos de refuerzo de la competitividad los siguientes, o proyectos análogos: la creación de entornos de aprovisionamiento, venta, comercialización y/o marketing conjunto; proyectos destinados a incrementar el nivel de conocimiento técnico, de tendencias, de gestión, financiero y/u operacional de los negocios del clúster o profesionalización de clúster managers.

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las entidades de apoyo a la empresa con establecimiento operativo en Cataluña que tengan una dilatada experiencia en la ejecución de proyectos de refuerzo a la competitividad.

Se consideran entidades de apoyo a la empresa:


1. Las organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que de manera habitual presten servicios a las empresas que tengan como objeto la mejora de la competitividad de las empresas y dispongan de recursos materiales y humanos para impulsar y orientar los proyectos mencionados.
2. Las entidades con participación mayoritaria de capital público que presten de manera habitual servicios empresariales de apoyo a la competitividad de las empresas y promuevan proyectos que se ajusten a lo establecido en estas bases sin perseguir, en los proyectos mencionados, la obtención de beneficios.

Se consideran subvencionables los gastos siguientes asociados con el proyecto a subvencionar:


1. Gastos externos asociados al proyecto, tales como: consultoría, expertos, servicios externos, alquiler de salas, entradas a acontecimientos fuera del territorio español, diseño y material de difusión y comunicación.

2. Para viajes fuera del territorio español realizados por el/los beneficiario/s y relacionados con el proyecto, los gastos incluidos en una bolsa de viaje, que incluye el sueldo de la persona que realiza el/los viaje/s durante los días de duración de éste, el desplazamiento y el alojamiento.

3. Para viajes desde fuera del territorio catalán con destino a Cataluña de ponentes, expertos o similares relacionados con el proyecto, el coste del viaje desde el origen al destino y del alojamiento, y siempre que el coste corra a cargo del beneficiario. No se consideran subvencionables los desplazamientos adicionales al mencionado. Estos gastos solo son subvencionables en el caso de entidades de apoyo a la empresa.

4. Horas de dedicación para la gestión del proyecto del personal de la entidad de apoyo a la empresa que actúa como entidad solicitante o como entidad participante. En caso de que esta gestión sea externa, se admitirá dicho gasto en concepto de contratación externa, siempre que esta tarea quede definida en un acuerdo previo entre el beneficiario y la persona externa.

5. Gasto de realización, por parte de un auditor de cuentas, del informe de justificación de la actuación subvencionada.

Las ayudas podrán alcanzar hasta el 75% del gasto subvencionable aceptado. Podrán acogerse a estas ayudas las solicitudes presentadas entre el 30 de abril al 30 de mayo de 2014. Para más información haz clic aquí.