Ayudas a inversiones empresariales en Cataluña

La Agencia para la Competitividad de la Empresa aprueba las bases reguladoras del programa de ayudas, en forma de Subvención a fondo perdido,
a inversiones empresariales de alto impacto, y se hace pública la convocatoria para el año 2014.

Ayudas a inversiones empresariales en Cataluña


a) Proyectos de creación de empleo de los siguientes tipos:

1. Centros de Servicios, especialmente aquellos de ámbito internacional, entendidos como aquellos centros que concentren servicios y procesos internos para las empresas o centros de trabajo de un mismo grupo empresarial, o bien centros con actividades de servicios.
2. Centros de decisión de ámbito suprarregional, entendidos, en este caso, como centros que necesariamente deberán estar vinculados a una sede social establecida en Cataluña que tenga capacidad decisoria sobre las funciones y la estrategia de la empresa o del grupo de empresas a nivel suprarregional.
3. Proyectos Industriales, entendidos como proyectos con actividades de producción de bienes a través del ensamblaje o la transformación de materias primas.
4. Centros Logísticos, entendidos como centros con actividades de distribución. También aquellos centros que adicionalmente puedan desarrollar tareas de manipulación y las fases finales de finalización de producto.
5. Centros de I+D+i que desarrollen actividades de investigación, desarrollo o innovación.

b) Proyectos de inversión empresarial en activos fijos, que incorporen una nueva actividad o una diversificación significativa de su actividad corriente.

c) Proyectos de creación de empleo y de inversión empresarial en activos fijos con las características que se han definido en los apartados a) y b) anteriores.

d) Proyectos de investigación y desarrollo.

Pueden ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta Resolución las empresas con ánimo de lucro con establecimiento operativo en Cataluña.

En líneas generales se considerará subvencionable:

1. El coste laboral anual del nuevo personal contratado.
2. Activos materiales
3. Activos inmateriales
4. Gastos de personal propio y contratado asociado directa y exclusivamente al proyecto.
5. Colaboraciones externas de cualquier tipo utilizadas exclusivamente para la actividad de investigación industrial y desarrollo experimental.
6. Gastos de adquisición de equipamiento e instrumental dedicados exclusiva y permanentemente a la actividad de investigación industrial y desarrollo experimental.
7. Gastos de registro de derechos de propiedad industrial y propiedad intelectual generados como consecuencia del proyecto.
8. Otros gastos directamente vinculados a la actividad de investigación y desarrollo experimental.

Importe máximo de ayuda
1. Como mínimo el 50% de los trabajadores contratados son trabajadores desfavorecidos: importe máximo de la ayuda de 1.000.000 euros.
2. No se contrata a trabajadores desfavorecidos, o no se alcanza el mínimo del 50%: importe máximo de la ayuda de 200.000 euros.

Podrán acogerse a estas ayudas las solicitudes presentadas entre el 27 de junio y el 9 de octubre de 2014. Para más información haz clic aquí.