Ayudas a las redes de inversores privados de ACCIÓ

La Agencia para la Competitividad de la Empresa aprueba las bases reguladoras de la línea de ayudas a las redes de inversores privados de ACCIÓ y se abre la convocatoria para el año 2014.

Ayudas a las redes de inversores privados de ACCIÓ


Se concederán ayudas a las redes de inversores privados de ACCIÓ cuyos miembros inversores hayan cerrado operaciones de inversión con miembros emprendedores de la misma red. La ayuda tendrá la consideración de subvención a fondo perdido.

Son beneficiarias de estas ayudas las entidades que tengan firmado con ACCIÓ un convenio de colaboración que formaliza su pertenencia al Programa de redes de inversores privados de ACCIÓ.

Los requisitos para poder formar parte de esta red se pueden encontrar en la página web de ACCIÓ (http://accio.gencat.cat). Se consideran subvencionables los gastos de la actividad de la red que hayan contribuido directamente al cierre de las operaciones. Se entiende por gastos de la actividad:

a) Gastos de personal (que incluyen el salario bruto y las cotizaciones sociales obligatorias a la seguridad social a cargo de la empresa) con dedicación de media jornada o jornada completa a la Red.
b) Gastos relacionados con la organización de fórums o encuentros entre inversores y emprendedores, o realización de formación a inversores: alquiler del espacio, suministros, marketing, catering y gastos similares.
c) Gastos externos de marketing y difusión de la red: la Red deberá justificar el impacto de las actividades de difusión realizadas y su adecuación a los requisitos de imagen y citación del programa, y deberá presentar una muestra del gasto realizado, así como las facturas correspondientes en este ámbito (facturas emitidas por proveedores externos a la Red y que no tengan ningún tipo de vinculación con los gestores, trabajadores o representantes de ésta).

Cada red podrá optar a un máximo de subvención que se calcula de la manera siguiente:

Por cada operación en forma de capital, una ayuda del 12% (o del 16% en caso de que haya un mínimo de 3 coinversores) sobre el importe de la operación con un máximo de 5.000 euros por operación (o un máximo de 3.000 euros si la operación se realiza en un sector no estratégico).

Por cada operación en forma de préstamo participativo, una ayuda del 7% (o del 10% en caso de que haya un mínimo de 3 coinversores) sobre el importe de la operación con un máximo de 3.000 euros por operación (o un máximo de 1.000 euros si la operación se realiza en un sector no estratégico).

Para los gastos de personal la intensidad máxima será del 80% del gasto subvencionable, con un máximo de 20.000 euros.

Para los gastos relacionados con la organización de fórums o encuentros entre inversores y emprendedores, o la realización de formación a inversores, la intensidad máxima será del 60% del gasto subvencionable, con un máximo de 15.000 euros.

Para los gastos externos de marketing y difusión de la red, la intensidad máxima será del 60% del gasto subvencionable, con un máximo de 15.000 euros.

Podrán acogerse a estas ayudas las solicitudes presentadas entre el 19 de julio y el 27 de febrero de 2015. Para más información haz clic aquí.