Préstamos bonificados con cargo al fomit

El Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, convoca para el año 2015 una línea de financiación de préstamos bonificados con cargo al Fondo Financiero del Estado para la Modernización de las Infraestructuras Turísticas (FOMIT).

Es objeto de la presente orden establecer la convocatoria correspondiente al ejercicio 2015 de la línea de préstamos bonificados con cargo al Fondo Financiero del Estado para la Modernización de las Infraestructuras Turísticas (FOMIT), cuyo volumen de recursos asciende a 270.000.000 euros para apoyar financieramente los planes de renovación y modernización de destinos turísticos maduros que se desarrollen paralelamente por las Administraciones Locales y por las empresas turísticas privadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

A estos efectos tendrán la consideración de destinos turísticos maduros, en atención a los recursos turísticos y oferta turística reglada de que dispongan, los que reúnan al menos tres de las siguientes características:
1. Sobrecarga urbanística y ambiental.
2. Sobreexplotación de recursos.
3. Obsolescencia de sus equipamientos turísticos.
4. Escasa inversión del sector turístico privado.
5. Oferta y demanda turística estabilizada o decreciente.

Podrán ser beneficiarios de estos préstamos:
a) Las Entidades locales y organismos dependientes. Los organismos autónomos locales, Las entidades públicas empresariales locales y las sociedades mercantiles locales.

Los proyectos de inversión desarrollados por una entidad local en su ámbito territorial serán financiables siempre que, en dicho ámbito, existan inversiones en el sector turístico privado que se desarrollen paralelamente a las públicas y cuya cuantía neta represente como mínimo el 30% del importe que se pretende financiar.

Se entenderá que las inversiones privadas se desarrollarán paralelamente a las públicas cuando se enmarquen en contexto de una planificación previa de carácter público o exista una notoria identidad de planteamientos y finalidades encaminadas a la recalificación o modernización del destino maduro.

Los consorcios o entidades constituidas para ejecutar proyectos que se desarrollen en el marco de un Plan de reconversión o modernización integral de un destino turístico maduro, en las cuales participe la Administración General del Estado junto con otra u otras Administraciones públicas o entidades públicas o privadas.

b) Las Empresas turísticas privadas, cualquiera que sea la forma en que hubieran sido constituidas legalmente, radicadas y que desarrollen su actividad principal en destinos turísticos maduros.
En todo caso, serán requisitos indispensables para alcanzar la condición de beneficiario de un préstamo con cargo al FOMIT, no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario.


Se considerarán costes elegibles los costes asociados a la Modernización de las Infraestructuras Turísticas.

Los préstamos que se concedan con cargo al Fondo financiero del Estado para la Modernización de las Infraestructuras Turísticas (FOMIT) durante el ejercicio presupuestario 2015, se efectuarán, atendiendo a lo establecido en la orden IET/2117/2015, de 6 de octubre, por la que se especifican las condiciones financieras de los préstamos a conceder con cargo al Fondo Financiero del Estado para la Modernización de las Infraestructuras Turísticas para el periodo 2015-2016, conforme a las siguientes condiciones financieras:

Tipo de interés para el beneficiario final:
1. Préstamos a 3 años: fijo hasta el 4,406 %.
Cálculo: 0,406 % + hasta 4 % margen de intermediación.

Periodo máximo de carencia: Un año.
Préstamos a 5 años: fijo hasta el 5,3.19%.
Cálculo: 1,019 % + hasta 4,30 % margen de intermediación.
Periodo máximo de carencia: Dos años.
2. Préstamos a 10 años: fijo hasta el 6,449 %.
Cálculo: 2,149 % + hasta 4,30 % margen de intermediación.
Periodo máximo de carencia: Tres años.
Préstamos a 15 años: fijo hasta el 6,932 %.
Cálculo: 2,632 % + hasta 4,30 % margen de intermediación.
Periodo máximo de carencia: Cinco años.

Las solicitudes de préstamos se presentarán, hasta el 15 de enero de 2016, en cualquiera de las entidades de crédito mediadoras con las que el ICO haya suscrito el correspondiente acuerdo de mediación y que figuren como tal en la página del ICO (www.ico.es).