Programa de avales públicos para la financiación empresarial

El departamento de Desarrollo Económico y Competitividad departamento de hacienda y finanzas desarrolla un programa extraordinario de concesión de avales públicos para la financiación empresarial.

Programa de avales públicos para la financiación empresarial


Las ayudas se materializarán en la concesión de avales públicos para la financiación de inversiones o de capital circulante a PYMEs o grupos de PYMEs, con especial incidencia en el mantenimiento del tejido industrial y del empleo, y se otorgarán bajo los principios de publicidad, concurrencia y objetividad.

Se considerarán proyectos financiables aquellos proyectos de inversión, pedidos o contratos que por sus características requieran de una importante financiación vinculada para su materialización.

Se entenderán financiables los proyectos relacionados con los siguientes aspectos:

1. Los proyectos de inversión, pedidos o contratos para cuya ejecución se configuren alianzas o iniciativas empresariales en común, logrando con ello abrir nuevos mercados y reposicionar el tejido empresarial vasco a nivel internacional.
2. Los proyectos de inversión, pedidos o contratos obtenidos por empresas que ya hayan aplicado medidas de reestructuración y en las que el proyecto, pedido o contrato suponga un plan de mejora y consolidación y desarrollo del empleo.
3. Los proyectos de inversión, pedidos o contratos con un efecto tractor directo en porcentajes significativos sobre el tejido empresarial vasco.
4. Los proyectos de inversión, pedidos o contratos que incorporen acuerdos razonables de pago con su cadena de empresas proveedoras implicadas, evitando con ello trasladar a éstos las malas prácticas de pago y consiguiente ahogo financiero

Podrán ser beneficiarias del programa extraordinario de avales las empresas industriales extractivas, transformadoras, productivas, de servicios técnicos (ligadas al producto-proceso) conexos a las anteriores y las del ámbito de la sociedad de la información y comunicación, que se consideren de base tecnológica y/o innovadora con centro de trabajo y/o explotación afectado en la Comunidad Autónoma del País Vasco, siempre que:

1. Presenten proyectos de inversión, pedidos o contratos de especial efecto tractor o de empleo.
2. Se trate de empresas o grupos de empresas que encuentren dificultades para financiar sus proyectos de inversión, pedidos o contratos por sus propios medios, ni puedan conseguir la financiación precisa recurriendo al crédito comercial a resultas de la actual crisis financiera.
3. De su situación económica-financiera presente y sus expectativas futuras pueda deducirse una capacidad suficiente de devolución de la operación financiera avalada.

Se considerarán elegibles los gastos relacionados con los proyectos de inversión, pedidos o contratos

Los avales financieros otorgados en base al presente Decreto garantizarán riesgos dinerarios de las empresas beneficiarias ante las entidades financieras derivados de las operaciones de financiación necesarias para la ejecución de los proyectos de inversión, pedidos o contratos que sean objeto de apoyo.

El importe del aval será, con carácter general, el 30% del nominal de la operación financiera vinculada al proyecto de inversión, pedido o contrato. El aval se extenderá como máximo al importe nominal avalado y a un máximo de 6 meses de intereses de dicho importe.

El plazo del aval como criterio general será de 24 meses, pudiéndose rebasar este plazo en los casos en los que la viabilidad o duración del proyecto de inversión, pedido o contrato así lo justifiquen.

Los avales devengarán una comisión de aval o prima anual a favor del Gobierno Vasco, no aplicándose ningún otro tipo de comisión o gasto adicional.

Este importe se liquidará, por anticipado, en cada aniversario de la formalización de la operación de aval sobre el saldo vivo de la operación financiera avalada.

El plazo de presentación de solicitudes, en tanto no se haya agotado el importe señalado, finalizará el 15 de noviembre de 2014.