Programa ICO-Garantías Internacionales

El Programa de Garantías Internacionales consiste en el otorgamiento por parte del ICO de una garantía bancaria a una empresa, para que ésta pueda participar en procesos de licitaciones internacionales, y formalizar contratos adjudicados en el exterior en los cuales se exija la aportación de garantías.

Programa ICO-Garantías Internacionales


Las solicitudes son tramitadas directamente por el ICO a través de la Subdirección de Financiación Directa e Internacional.
Condiciones

La dotación económica está en función de la demanda y podrán acogerse a este programa las solicitudes realizadas hasta el 31 de diciembre de 2014.

Podrán ser clientes las empresas españolas con una facturación superior a 50 millones de euros y unos activos totales de más de 43 millones de euros. También podrán ser clientes sociedades vehículos siempre que tengan como contragarante una empresa española que reúna las características citadas anteriormente.

ICO podrá emitir garantías de los siguientes tipos, cualquiera que sea su denominación:

1. Garantía de licitación (bid bond)
2. Garantía cumplimiento (performance bond)
3. Garantía de pago anticipado (advance payment/progress payment)
4. Garantía de los defectos o de mantenimiento (warranty guarantee)

El importe mínimo de las operaciones que se pueden acoger al Programa: Importe mínimo de 10 millones de euros por cliente (o su contravalor en la divisa correspondiente).

El ICO podrá emitir su garantía en cualquier divisa, aunque el pago por el ICO se realizará únicamente en euros o USD.

Las comisiones ICO se fijarán para cada operación en función del plazo. Siempre en condiciones de mercado. Las garantías exigidas a cada cliente se analizarán y negociarán para cada operación.

Para más información haz clic aquí.