Tax credit paso a paso

La Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización ya está en vigor. En su texto definitivo se han incluido algunas de las propuestas realizadas en las mas de 300 enmiendas presentadas, 12 de ellas relacionadas con los incentivos fiscales a la I+D+i.

Tax credit paso a paso


La nueva ley incluye como principal medida novedosa el establecimiento del Tax Credit, un mecanismo para favorecer el aprovechamiento de la deducción por I+D+i generada por las entidades cuando este no haya podido ser objeto de aplicación.

Para ello se elimina el límite de aplicación que existe actualmente (25% de la cuota íntegra), y se permite su aplicación, con un descuento del 20% de su importe, hasta dejar a cero la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades o, incluso, procederse a su abono.

La cantidad aplicada en exceso del citado límite y, en su caso, abonada, no podrá superar el importe conjunto anual de 3 millones de euros y de 1 millón de euros cuando las actividades sean de innovación tecnológica.

Por tanto el Tax Credit permite a las empresas obtener financiación inmediata a partir de deducciones pasadas acumuladas pero no aplicadas.

Esta medida favorece a las empresas intensivas en I+D+i, ya que podrán aprovechar el incentivo sin necesidad de tener cuota íntegra positiva, lo que adelanta cronológicamente el beneficio económico derivado de dichas actividades de investigación, sin esperar a la explotación comercial del producto o servicio desarrollado.

Para poder optar a la aplicación de las deducciones por encima del límite o a la posibilidad de abono, se exigirá que la empresa haya obtenido un informe motivado sobre la calificación de la actividad como I+D+i.

Para la obtención de estos informes, emitidos por el Ministerio de Economía y Competitividad, es indispensable una certificación previa elaborada por una entidad de certificación acreditada por ENAC, Entidad Nacional de Acreditación. Con dicho informe motivado las empresas contarán con la seguridad jurídica necesaria para aplicarse las deducciones y evitarán encontrar sorpresas indeseadas.

El nuevo régimen de devoluciones necesita unos requisitos mínimos:

1. Que se mantenga la plantilla media adscrita a actividades de I+D+i durante los dos años siguientes a la deducción.

2. Que se destine un importe equivalente a la deducción aplicada o abonada, a gastos de investigación y desarrollo o innovación tecnológica en los 24 meses siguientes a la finalización del período impositivo en cuya declaración se realice la correspondiente aplicación o abono.