Publicadas las Bases Reguladoras de las ayudas a la cooperación en materia de I+D+i en la Comunidad de Madrid
El objeto de la convocatoria es fomentar la cooperación estable público-privada en investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) mediante el apoyo a proyectos de innovación tecnológica de efecto tractor elaborados en la Comunidad de Madrid.
A. BENEFICIARIOS
- Agrupaciones de personas jurídicas públicas o privadas, compuestas, por al menos, una gran empresa y dos pymes. Además, en el proyecto deberá participar un organismo de investigación, bien como miembro de la agrupación o como entidad subcontratada. Todos los miembros deberán tener centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
B. TIPO DE AYUDA
- Los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto financiable total para la agrupación, medio anual, igual o superior a 1,5 millones de euros.
- La intensidad de la ayuda será calculada de forma individualizada para cada miembro de la agrupación.
- La cuantía individualizada para casa participante se determinará en función de su coste real financiables, del tipo de entidad, de la categoría de la empresa, y de la tipología del proyecto realizado.
- La intensidad máxima de ayuda por tipo de proyecto y entidad no podrá superar los siguientes porcentajes:
|
PEQUEÑAS EMPRESAS |
MEDIANAS EMPRESAS |
GRANDES EMPRESAS |
ORGANISMOS INVESTIGACIÓN |
Estudio de Viabilidad |
70% |
60% |
50% |
50% |
Investigación Industrial |
80% |
75% |
65% |
65% |
Desarrollo Experimental |
60% |
50% |
40% |
40% |
Investigación Fundamental |
100% |
100% |
100% |
100% |
C. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
- Estudios de viabilidad técnica previos a actividades de investigación industrial o de desarrollo experimental, destinados a la adquisición de conocimientos que puedan resultar de utilidad para la creación o mejora de productos, procesos o servicios tecnológicos.
- Proyectos de investigación industrial, entendiendo por tal investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto es la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios, o contribuir a mejorar considerablemente los productos, procesos o servicios existentes.
- Proyectos de desarrollo experimental, a partir de combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados.
- Proyectos de investigación fundamental con el objetivo de obtener nuevos conocimientos.
D. GASTOS SUBVENCIONABLES
- Costes de personal.
- Costes de instrumental y material, en la medida y durante el periodo en que se utilicen para el proyecto.
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas.
- Otros gastos de funcionamiento: gastos de viajes y dietas; gastos de consultoría, asesoría y formación; costes de gestión del líder del proyecto.
E. PLAZOS
- EJECUCIÓN: El plazo de ejecución de iniciará al día siguiente a la notificación de la resolución de concesión a la entidad beneficiaria y tendrán una duración mínima de 24 meses y máxima de 36 meses.
- SOLICITUD: Pendiente de publicar convocatoria. El plazo de presentación será de 15 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
