Ayudas a la industria agroalimentaria
El Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Aragón ha publicado la convocatoria de ayudas para fomentar inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias), que tiendan a aumentar la utilización de materias primas en los procesos productivos y, mejorar su transformación y comercialización, favoreciendo así el aumento del valor añadido de los productos agrícolas.
La cuantía total destinada a esta convocatoria es de 32.920.428 €
A. BENEFICIARIOS
- Personas físicas, jurídicas o sus agrupaciones que sean titulares de industrias agroalimentarias ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
B. TIPO DE AYUDA
- Inversión mínima del proyecto de 100.000 €.
- La cuantía máxima de ayuda por proyecto no superara los 2.000.000 €.
- Importe mínimo por concepto: 2.000€.
- Se distribuirá en un máximo de tres anualidades.
- Intensidad: 10% para todas las solicitudes que cumplan los requisitos de elegibilidad y la puntuación mínima de los criterios de valoración.
- Intensidad: 10% adicional para las solicitudes que sean PYME.
- Intensidad: 5% adicional para Pequeñas Empresas cuyo proyecto de inversión se oriente a un incremento significativo de su capacidad productiva o incremento de la facturación o del empleo.
- Intensidad de las Inversiones en actividades de procesamiento de la biomasa agrícola para la producción de energía y biocarburante, inversiones relativas a la transformación de productos agrícolas en productos no agrícolas, fuera TFUE:
- Teruel, un 20% del gasto subvencionable, que podrá incrementarse en un 10% adicional para las microempresas y pequeñas empresas.
- Zaragoza (excepto capital) y Huesca, un 15% del gasto subvencionable, que podrá incrementarse en un 10% adicional para las microempresas y pequeñas empresas.
- Zaragoza capital, un 10% del gasto subvencionable, que podrá incrementarse en un 10% adicional para las microempresas y pequeñas empresas.
C. ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES
- Inversiones materiales e inmateriales que se realicen en las industrias agroalimentarias, para la transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas del anexo I TFUE, excepto pesca.
- El resultado del proceso de producción podrá ser un producto no contemplado en dicho anexo I, en cuyo caso, aplica el reglamento minimis.
- La introducción de tecnologías y procedimientos con el fin de desarrollar productos nuevos o de mayor calidad y lograr la apertura de nuevos mercados. Inversiones en redes locales de recolección, recepción, almacenamiento, acondicionamiento, clasificación y embalaje, siempre que incluyan un proceso de transformación y/o comercialización del producto agrícola. Inversiones en sistemas de calidad.
- Inversiones en actividades de procesamiento de biomasa agrícola para la producción de energía y biocarburante, así como la incorporación de energías alternativas en la industria agroalimentaria: renovables y cogeneración.
D. COSTES SUBVENCIONABLES
El importe mínimo admitido para cada concepto de gasto solicitado será de 2.000 € por proveedor, dichos conceptos son los siguientes:
- La construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.
- La compra de nueva maquinaria y equipos de primera mano, así como las inversiones derivadas de la adquisición y/o mejora de activos intangibles directamente relacionado con la innovación, sostenibilidad medioambiental, industria 4.0, las ventas, la transformación digital u otras relacionadas.
- Costes general: honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, así como lo relativo al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medio ambiental incluidos en los estudios de viabilidad. (limite 8%)
- Inversiones intangibles: adquisición de desarrollo de programas informáticos y de la infraestructura TIC necesaria para la ejecución y optimización del proyecto de inversión, así como la adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor, y marcas registradas relacionadas.
- Inversiones derivadas de la puesta en marcha de proyectos tendentes al incremento de ventas a través de la mejora de la comercialización, a través de la implantación de nuevos canales de ventas u otros relacionados.
- Inversiones tendentes a garantizar una oferta estable del producto comercializado o de la puesta en marcha de estructuras estables de mayor capacidad que integren a los eslabones de la cadena de valor alimentaria.
E. PLAZOS
- EJECUCIÓN: El plazo para el inicio de la ejecución comenzará el día de la presentación de la solicitud, y finalizará el día 15 de septiembre para las anualidades 2023, 2024, y el 30 de abril para la anualidad 2025.
- SOLICITUD: El plazo para la entrega de solicitudes estará abierta desde el 25 de octubre hasta el 29 de diciembre de 2022.
