Qué son y cómo funcionan las ayudas sujetas a minimis

Minimis


Las ayudas sujetas a mínimis son ayudas concedidas por los Estados Miembros que no tienen un efecto inmediato sobre la competencia, es decir, no alteran los intercambios comerciales en el mercado interior europeo. Estas ayudas o subvenciones, debido a la baja cuantía que suponen, no necesitan comunicar su concesión a la Comisión Europea.

Las ayudas estatales tienen la obligatoriedad general de ser comunicadas a la Comisión Europea con la finalidad de comprobar si son compatibles o no con el mercado común. Las ayudas a mínimis, por el contrario, son aquellas que pueden eximirse de la obligación de notificación en virtud del Reglamento (CE) Nº 994/98 al considerarse que son compatibles con el mercado común.

 

Qué ayudas se consideran compatibles con el mercado común:



  • Ayudas destinadas al desarrollo de las regiones desfavorecidas que se ajustan al mapa aprobado por la Comisión.

  • Ayudas a favor de las pequeñas y medianas empresas

  • Investigación y el desarrollo

  • Protección del medio ambiente

  • Empleo y formación


 

Sectores y actuaciones excluidos de las ayudas de mínimis.


Estos son los sectores que quedan al margen de las ayudas de mínimis:

  • Agricultura, cuando se vayan a destinar a la producción primaria de productos agrícolas.

  • Empresas que exportan a Estados miembros o terceros países.

  • Ayudas para adquirir vehículos para el transporte de mercancías por carretera.

  • Ayudas condicionadas a que se usen productos nacionales y no importados.

  • Préstamos y subvenciones destinadas a empresas en crisis.


 

Cómo funcionan las ayudas de minimis.



  1. El primer punto a tener en cuenta es que las ayudas sujetas a minimis tienen un límite de subvención por empresa o grupo de empresas vinculadas o asociadas siguiendo la definición de PYME definida en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión. Por lo general, el límite se establece en un máximo de 300.000€ concedidos por un Estado Miembro a una única empresa durante un período de tres ejercicios fiscales (el presente y los dos anteriores), según el Reglamento (UE) 2023/2831. No obstante, existen excepciones atendiendo a ciertos sectores que atienden a su propia normativa, como el caso del sector pesquero/acuicultura y del sector agrícola.

  2. Según el artículo 3.4 del reglamento: Las ayudas de minimis se consideran concedidas en el momento en que se reconozca a la empresa el derecho legal a recibirla la ayuda en virtud del régimen jurídico nacional aplicable, con independencia de la fecha de pago de la ayuda de minimis a la empresa. Es decir, que la fecha de referencia para el cálculo de minimis es el día en que se considera la ayuda otorgada, no el día en que se reciba el importe.

  3. Para calcular la cantidad de la subvención y comprobar que no nos pasamos del importe máximo exigido debemos considerar si se trata de subvención directa o préstamo:

    1. En el caso de subvención directa, el importe a considerar para el cálculo es el importe otorgado a la empresa.

    2. En el caso de préstamo, se calculará conforme al equivalente bruto de subvención.




 

Se puede renunciar a una ayuda minimis.


En caso de que la empresa decida, finalmente, no beneficiarse de la ayuda, puede rechazar el importe. En este caso, se anula el derecho a cobrar la subvención y no se computa cuando se calcula el total de las ayudas solicitadas.

 

¿Tienes más dudas sobre el proceso de concesión de ayudas de minimis? Consulta con nuestro departamento de financiación cualquier cuestión.

 
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