La inversión en I+D+i ha seguido una línea de crecimiento desde el año 2014, el primer año con resultado positivo desde la crisis económica de 2008. En 2021, la inversión ha ascendido a 17.249 millones de euros, un 9,4% más que en el año 2020, según el INE (2022).
Aunque estos datos superan la inversión prepandemia, que se situaba en 15.572 millones de euros, la realidad es que el crecimiento nominal, es decir, la ratio de I+D+i sobre el PIB, ha pasado del 1,41% en 2020 al 1,43% en 2021, un crecimiento real mucho menor de lo que se podría deducir dado el aumento en la inversión.
Estos datos esclarecen que el actual ritmo de inversión en I+D+i no es suficiente para lograr el objetivo que marcó la Estrategia de Ciencia, Tecnología e Innovación como meta para 2027: que la inversión en I+D+i suponga un 2,12% del PIB.
Para conseguir una evolución positiva, la Administración pública pone a disposición de los actores innovadores recursos y herramientas para fomentar su inversión y participación en el ecosistema innovador. En este sentido, el artículo 33.1 apartado b) de la Ley 14/2011 de la Ciencia, la Tecnología y la Innovacion, prevé como medida:
Para fomentar la inversión en actividades de investigación, desarrollo e innovación y estimular la cooperación entre las empresas y entre éstas y los organismos de investigación, el uso de fórmulas jurídicas de cooperación tales como las agrupaciones de interés económico y las uniones temporales de empresas en las que los colaboradores comparten inversión, ejecución de proyectos y/o explotación de los resultados de la investigación. Estas entidades se beneficiarán de los incentivos fiscales previstos en la legislación vigente, de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidos en dicha legislación.
Podemos definirlo, como una vía de financiación alternativa y no dilutiva de proyectos de I+D, a través la cesión de créditos fiscales mediante la utilización de un vehículo (Agrupación de Interés Económico), permitiendo la atracción de capital privado hacia dichos proyectos de I+D. Para la configuración correcta de estas estructuras, es necesario seguir la doctrina de la Dirección General de Tributos en sus contestaciones a las consultas vinculantes V2213/2014, V3384/2014, V4897/16 y V1824/18.
Por tanto, este sistema basado en la cooperación de empresas para el desarrollo de actividades de I+D+i, facilita a los investigadores el acceso a recursos para llevar a cabo sus actividades innovadoras y a los inversores, la aplicación de los incentivos fiscales derivados de los mismos.
En detalle y durante este proceso, se produce una cofinanciación parcial de los proyectos de I+D+i donde participan tres actores: la empresa desarrolladora del proyecto, la Agrupación de Interés Económico y los inversores.
El siguiente esquema representa el flujo de beneficios obtenidos a través de esta herramienta:
Esta es una herramienta de financiación de la innovación que genera un alto retorno, tanto para los inversores como para la empresa encargada del proyecto de I+D+i:
Si te interesa conocer más detalles sobre esta herramienta, nuestro departamento experto en este tipo de estructuras estará encantado de resolver todas las dudas.